Tras el decreto, los edificios públicos nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales deberán regularizar las banderas nacionales ubicadas en sus mástiles antes del 9 de julio de 2016.
El nuevo decreto publicado en el Boletín Oficial suma las normas establecidas por el Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) para definir las tonalidades exactas del color celeste y el amarillo del sol -definidas con especificaciones técnicas-, así como también las medidas del largo y ancho de la bandera.
En cuanto a las medidas de la bandera, IRAM definió que su ancho debe equivaler al 1/5 del alto del mástil, mientras que el largo tiene que multiplicar por 1,6 al ancho.
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